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Año: 1974, Fallos: 289:457 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 20 de setiembre de 1974.

Vistos los autos: "Burone, Carlos A. querellado por inf. art. 110 C. P. por Ramiro R. de la Fuente (Amnistía ley 205087), Considerando:

Que la Sala Penal de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contenciosoadministrativo, en su pronunciamiento de fs. 565/ 567, decidió —por mayoría— declarar extinguidas por amnistía la pena de seis meses de prisión impuesta a Carlos Alberto Burone el 30 de marzo de 1973 por el delito de injurias, así como la obligación de publicar el fallo condenatorio. Contra aquella resolución interpuso el querellante el recurso previsto en el art. 8, up. IV, de la ley 20.508, que fue concedido por el tribunal a quo a fs, 570.

Que el análisis de los textos considerados injuriosos por la Cámara contr. fallo de fs. 520/3522) y las circunstancias que rodearon las manifestaciones efectuadas por el querellado revelan una crítica dirigida a una actividad pública social, con fundamento en lo que aquél consideró un interés general. En consecuencia, habida cuenta de los términos de la ley 20.508 y del fin por ella perseguido (sentencia del 11 de julio de 1973 in re: "Pivovarov" louri"), corresponde declarar que los hechos de que trata el sub judice están comprendidos en el art. 19, inc.

a), de la citada ley 20.508.

Por ello, vído el Sr. Procurador General, se confirma la sentencia de Es. 565/567.

MiGUEL ANGEL BERCAIrZ — Acustín Díaz BiaLer — MANUEL ARAUZ CASTEX — ERNESTO A, ConvaLÁN NAnCLARES.


JUAN ANTONIO BROCCHIERO
FACULTAD REGLAMENTARIA.
Si bien es cierto que el principio de legalidad alcanza satisfacción bastante toda vez que la política legislativa haya sido claramente definida, ello no

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Año: 1974, CSJN Fallos: 289:457 
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