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Año: 1974, Fallos: 289:78 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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78 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

No es matería federal lo atinente a la obligatoriedad de los convenios colectivos del coo a vt régimen intertemporal (1).


MATILDE JOSEFA GARRE v. C. CIAMPINI y OTRO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.

Son cuestiones de hecho, prueba y de derecho común irrevisables, como principio, en la instancia del art. 14 de la ley 48, las resueltas por la sentencia que ordenó levantar los embargos decretados por estimar que la expresión Iso y llano pagador" no es equivalente a la de principal pagador a que alude el art. 2005 del Código Civil y, por consiguiente, que no se constituyó en deudor solidario en los términos de dicho artículo sino que asumió, únicamente, el carácter de fiador solidario conforme el art. 2003 del citado Código (7).

MATILDE JOSEFA GARRE v. CAMILO CIAMPINI y Ono RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad.

La cuestión federal, base del recurso extraordinario, debe, por principio, ser planteada en la oportunidad de trabarse la litis; excepcionalmente en ocasión posterior, pe:o siempre en la primera oportunidad posible en el curso del procedimiento, porque la admisión de las pretensiones que formulan las partes constituye evento previsible que impone su planteamiento a fin de dar oportunidad a los jueces del pleito para que la examinen y decidan. Corresponde desestimar el recurso si, al contestar los agravios, el apelante omitió formular la cuestión referente a la supuesta inconstitucionalidad del art.

288 del Código Procesal.

') Fallos: 247:89 ; 251:58 ; 255:129 ; 258:234 .

2) 26 de junio. Fallos: 257:20 ; 258:85 ; 259:33 ; 262:428 .

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Año: 1974, CSJN Fallos: 289:78 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-289/pagina-78

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