Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1977, Fallos: 298:41 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

Sobre la base de ese dictamen, el Poder Ejecutivo dictó el decreto 4378/66 por el cual resolvió derogar el decreto 640/61 y disponer que la Procuración del Tesoro de la Nación "directamente o por medio del representante fiscal que corresponda, recabe judicialmente el auxilio de la fuerza pública y la facultad de allanar domicilio, :sí como toda otra medida tendiente al cumplimiento de los decretos-leycs 3113/58 y 6403/58, quedando facultada asimismo par: contestar toda acción o revocación que pretenda desconocer la validez de tales normas o impedir el cumplimiento de las mismas".

En razón de ese mandato, el Agente Fiscal en lo Civil y Comercial a cargo de la Fiscalía N° 4 solicitó al Juez Nacion:1 en lo Comercial —Juzgado N° 8— se pusiera judicialmente al Estado en posesión de los bienes que constituían la "unidad gráfica N" 6", cuya tenencia detentaba La Editorial S.A. en virtud de lo decidido por la Justicia Federal en el interdicto de recobrar la posesión que dicha empresa promoviera contra el Estado Nacional.

A esa petición el Juzgado proveyó que la misma debía "sustanciarse y dilucidarse mediante el procedimiento legal (art. 66 del Código de Procedimientos)", razón por la cual dispuso que se corriera traslado a La Editorial S.A., ordinarizándose el juicio.

Contra esa resolución apeló el Agente Fiscal para ante la Cámara Nacional en lo Comercial. Este Tribunal, el 23 de noviembre de 1966, confirmó lo decidido por el juez, remitiéndose a los fundamentos dados por la Cámara Federal al resolver el referido interdicto, señalando que, previamente, debía "demandarse y probarse en la instancia judicial" el incumplimiento del contrato que se había imputado a La Editorial S.A.

en el decreto-ley 3113/58, lo cual no podía pretenderse con el medio procesal elegido.

A todo esto, La Editorial 5.A. fue declarada en quiebra por auto de fecha 17 de noviembre de 1966.

Al año siguiente, el Poder Ejecutivo dictó el decreto 5005/67 mediante el cual dispuso promover las acciones conducentes a lograr la rescisión judicial de la adjudicación hecha a favor de La Editorial 5.4. con miras a dar cumplimiento al decreto-ley 6403/58 y decreto 4378/68 de adjudicación a Editorial Difusión 5.A.

Iniciada la demanda con el propúsito indicado, fue contestada por el síndico de la quiebra, pidiendo el rechazo de aquélla y deduciendo

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

7

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1977, CSJN Fallos: 298:41 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-298/pagina-41

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 298 en el número: 41 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com