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Año: 1886, Fallos: 30:91 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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demanda; y considerando: Que debe tenerse en cuenta, para resolver si el Juzgado es 6 no competente: 1" la natu.aleza de las funciones que ejerce la Junta; 2 su amplitud y alcance; y 3° la composicion de la Junta.

Estudiando la Ley Elestoral citada, se vé que la Junta tiene su esfera de accion marcada por aquella, obrando dentro de la cual ejercita atribuciones que le son privativas.

Así, ella está encargada de practicar la insucnlacion de los ciudadanos que han de formar las mesas inscriptoras ó calificadoras ; la de los que han de constituir las mesas receptoras de votos 6 escrutadoras; y finalmente, le compete practicar el escrutinio de las Elecciones de Diputados y de Electores de Presidente y Vice-Presidente de la República (artículos 3", 21 y 37 de lu Ley citada, Ahora bien, al desempeñar su cometido, la Junta procede dentro de Jas prescripciones legales, interpretándolas segun su propio criteria, de modo de ajustarse á la mente del lejislador, Así pues, es ella la que fija el alcance de las disposiciones legales que le atañen; y es sabido que toda autoridad creada por la ley, como un mandato determinado, se encuentra implícitamente revestida de las facultades necesarias para llenar aquel cumplimiento.

Aplicando este principio cuando la Junta practica, por ejemplo, una insaculacion, ya sea de mesas inscriptoras ó receptoras, ella determina la manera de formar las listas de que habla la Ley, de modo que el resultado del acto se armonice con la tendencia que anima al lejislador, cual es la de garantir la mayor regularidad posible en todos los actos electorales.

Y tratándose especialmente del acto del escrutinio, la ley la inviste de la facultad de determinar cuáles son las netas electorales que deban computarse, siendo las que se ajustan á las formalidades determinadas por la ley.

Si es verdad que el artículo 40 de la Ley Electoral prescribe

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:91 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-30/pagina-91

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