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Año: 1978, Fallos: 300:1049 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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AÑO 1978 — OCTUBRE

MUNIRA ARABI KATBI yv. CARLOS JUAN PACHECO SANTA MARINA
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales. Procesales.

La dedaración de inconstitucionalidad de una norma no juega em tn plano abstracto o meramente académico, sino que debe traducime en "Et Pide real a las garantías invocados, máxime cuando se trata de nomas intramentales que —como el art. 334 del Cálico Procenl Civil y Comrvial de la Nación— tienden a acordar primicia a la ventad juridica objetiva.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Proce¿imiento y sentencia.

Si el recurrente contó con oportunidad suficiente de probar y alegar

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantias. Inualdad.

La garantía del art. 10 de la Comtitución Nacional mo impide que Sl Vatios" contrmple en forma distinta, situaciones que comidera_ dile.

ets con tal que la discriminación no sea arbitraria mi importe legitima persecución o indebido priviegio de personas 0 grupos de personas, 10 que su fundamento sea opinable.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones M0 gederales.

Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.

Es imevisalle en la instancia entmondinaria la discrepancia del apciante Eo a inteligencia asignada por la Cimara a "los hechos no considerados e demanda", e los efectos de la aplicación del art. 334 del Cidiao motel pues la conclusión a que arriba el Tribunal no remita obietalle pronto" los términos de la excepción opuesta, que imponía a la acto dns otros elementos de comvieción para desviar las alimaciones de

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Año: 1978, CSJN Fallos: 300:1049 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-300/pagina-1049

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