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Año: 1978, Fallos: 300:441 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Considerando:

19) Que, a raíz de algunas expresiones contenidas en el discurso que pronunció el Señor Presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, al asumir dicho cargo, esta Corte le requirió informara acerca de las peticiones que se hubieran formulado al Tribunal o a la Dirección Administrativa y Contable del Poder Judicial, en el curso del año 1977, respecto de la creación de cargos y de secretarías, asignación de espacios, solicitud de elementos de trabajo y otras que se vincularan al desempeño de las tareas en el fuero criminal y correccional federal (fs. 7).

2") Que ello fue así en razón de que dicho Magistrado, luego de referirse a "que muchos de los males que padece el Poder Judicial obedecen a un error de concepción consistente en soslayar la actividad no jurisdiccional que compete dentro del marco de las respectivas jurisdicciones (fs. 3). precisó que continuaría "la labor emprendida ya por la Cámara con el objeto de obtener la creación de las secretarías y cargos indispensables para el normal desempeño" del Tribunal, refiriéndose acto seguido a una secretaría de jurisprudencia, una secretaría general, ujiería, ete. Aludió luego a los espacios mínimos indispensables para una labor decorosa de la Cámara y de los juzgados de primera instancia y a los elementos que proporcionan la técnica y la ciencia modernas —medios de comunicación eficientes, máquinas fotocopiadoras, transporte rápido y en condiciones humanitarias de los detenidos así como su adecuado alojamiento—. Señaló, finalmente, que esos son sólo algunos de los ejemplos de las carencias "sobre las que reiteradamente se manifestó la inquietud del Tribunal y que ahora se exponen una vez más" para contar con los medios indispensables a fin de llenar, con eficiencia, el cometido que requiere la custodia 8: las garantías y derechos constitucionales (fs. 3 y 3 vta.) 3?) Que, librado el oficio respectivo el 4 de febrero pasado, se reiteró su pronta respuesta el 17 de marzo, agregándose, el día 21 de ese mes, la nota de fs. 2, suscripta por el Señor Juez en ejercicio de la Presidencia de la Cámara.

4) Que, en lo que a la concreta información requerida por la Corte se refiere, dicha nota alude a las atribuciones de este Tribunal para poner en funcionamiento a la Cámara, dotándola de personal

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Año: 1978, CSJN Fallos: 300:441 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-300/pagina-441

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