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Año: 1979, Fallos: 301:1218 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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15691 art. 30) si ha Corte no advierte que se haya dado tal conducta con un propósito deliberado, durante la tramitación establecida por La ley 15.695.


Y, C. A. CORPORATION v. $. E. E. PLASTICA F. M.
CUESTION ABSTRACTA.
Lo ativente 4 sí el art. 47 de Li le 111 ha sido o no derogado por Li lev 17.011 Cue ratificó el Convenio de París) comtituye una cuestión abs trata en el caso en que, habiendo suscripto Li sentencia apelada La tesis dde Le ccaducidad automática de La patente —tesís impugnada por la actor» enn presión de agravios pero abandonada cn el recurso extraoradimario—, una vez transcurridos las dos años que menciona dicho art, 47 el centro temporal del problemo quedó retrotraido al momento enque se habría operado esa caducidad, fecha cn que todavía no había entrado en vigencia La Jey 17.011, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Principios generales, La doctrma acerca de Li arbitrariedad tiene un carácter estrictamente ex cepcional, y no puede pretendese, por su intermedio, el recvamen de cnrstones no federales cuya solución es del resorte exclusivo de los jueces de la causa, Si es que no ss demuestran defectos graves de Fundamentación RECURSO EXTRAONDINABIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarios. Improcedencia del recurso.

Es improcedente el recurso estraordinario deducido contra La sentencia que sostuvo que la mera publicación de un avise en un diario eada dos años no demuestra por si sola la real volemtad de dar en explotación ve im vento, va que resulta imdmisile que la existencia de La "voluntad de dar en oferta a terceros Lie esplotación" esuivales 4 esa publicación, pues el quez está pleramente capacitado para en cada ciso particular exigir ma prueba fehaciente de La real existencia de L conducta reputada imprescimbible para la configuración de un derecho.

RECURSO EXTRAONDIN AO. Requisitos propios. Cuestiones no federales Seontencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.

La doctrina sobre la arbitrariedad es particularmente restrimgica en mate ría «de hoporarios.

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Año: 1979, CSJN Fallos: 301:1218 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-301/pagina-1218

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