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Año: 1979, Fallos: 301:171 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ResoLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA Conte Buenos Aires, 6 de marzo de 1979.

Vistas estas actuaciones referentes a la solicitud de adscripción de la Auxiliar Principal de Sexta del Juzgado Nacional de Primera Instancia Especial en lo Civil y Comercial N" 32, María Cristina Sica de Fortini, y Considerando:

Que a fs. 7 el Sr. Secretario de Superintendencia resolvió archivar la solicitud de adscripción al Juzgado Federal de Bahía Blanca formulada por la mencionada agente, en virtud de las opiniones expresadas por el señor Juez a cargo del Juzgado donde presta servicios (fs. 3 vía.) y por la Cámara del fuero (fs. 5).

Que a fs. 13/15 la señora de Fortini, aportando nuevos elementos de juicio, solicita reconsideración de la medida dispuesta por entender que, en su caso, existen razones que justifican la reiteración de la solicitud de adscripción.

Que las adscripciones de personal en el Poder Judicial de la Nación las autoriza exclusivamente el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la facultad que le confiere el art. 19, inc. £) del decreto N° 3891/57.

Que en tanto la adscripción importa la privación temporaria de un agente al tribunal o dependencia donde tiene asignado su cargo de presupuesto y donde habitualmente presta servicios, sin pasibilidad de ser reemplazado mientras dure su ausencia, el Tribunal solicita, en cada caso, la opinión de los titulares de los organismos respectivos.

Que sin perjuicio de las opiniones expresadas, se evalúan las razones y las circunstancias expuestas para fundar el pedido, teniendo en cuenta los factores de indole funcional y personal que se encuentran en juego y que justifiquen el traslado temporario del agente a otro lugar de trabajo.

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Año: 1979, CSJN Fallos: 301:171 
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