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Año: 1980, Fallos: 302:246 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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cionado en la demanda y que se individualiza en el pliego de posiciones de 6. 62, alega la provincia las constancias de fs. 59/61 no comprueban ese extremo. , Por ello, se resuelve: Rechazar Ta demanda, Con costas.

Avorro RE. Gamero: — Estitio M. Damraus — Etias P. CUastavino.

GULIMAND STARSRUD y. ROBERTO BELLAGAMBA y Orna JUMISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Sucestón, Fuero de atracción. Acciones per sonales de los acrevidores, El fllccimiento de ano de los codemandados produce el desplazamiento del pleito hacía el juez que entiende en el sucesorio, juicio que atra las acciones personales inictadas por los acreedores (en el caso. se trataba de una dencia por escrituración €').

SCA, ABILCO yv, EMILIO RODRIGUEZ RIVAS y Omna RECURSO EXTRAORDINARIO: Hequísitos propios. Cuestiones no federales, Sentencias arbitrarias. improcedencia del recurso, Los agravios referidos a «que dla quo habría infringido el pracipio de cone wmencia, y que en realidad sólo traen uva discrepancia del recurrent" con comideraciones del mismo, de carúcter no federal, impiden la descali ficación del pronunciamiento al margen de st acierto 0 enor (3).

7) 10 de abril. Fallos: 297:448 .

7 10 de abril. Fallos: 300:1034 .

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:246 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-246

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