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Año: 1981, Fallos: 303:136 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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haya irrogado, no resulta apta para habilitar la vía del art. 14 de la ley 48 (') MANIA LUISA ROSENDE RECURSO EXTRAORDINARIO Hequísitos propios. Cuestiones no federales, Interpretación de normas y actos comunes, Analizar si a los fines mbilatorios corresponde 0 10 computar La antigiledad en La afiliación, remite al análisis de disposiciones que integran el sistema previsional y que, por tratare de nomas de derecho común no autorizan la apertura de la vía estraordimaría, máxime cuando no se ade vierte, en el caso, que medien razones sulicientes que justifiquen La invocación de gravedad mstitucional ('),
RAUL ALBERTO AGUERO yv, NACION ARGENTINA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales.

Procede el recuno extraordimario cuando se debate La inteligencia de nor mas federales —art. 78, me, 3, ap. a) de la ley 14.777 con la redacción impuesta por La Joy 18392— y la decision definitiva del superior tribunal de La cama es contraria al derecho que fundó en ellas el apelante.

RETIRO MILITAR.
No hasta con que Juya mediado una lesión producida en actos de servicio para que proceda e otorgamiento del retiro solicitado, toda vez que para elfo se requiere que la mismo justifique la Melaración de ineptitud por parte de la autoridad militar y que el intererado se encuentre en las de más condiciones extgidas por ta Jey para la concesión del beneficio, 1) Sale feliero.

11) 5 de febrero, Cata "Daniele CM. s/qbilación", del 9 de agosto de 1977,

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Año: 1981, CSJN Fallos: 303:136 
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