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Año: 1981, Fallos: 303:141 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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OSVALDO REGALADO v. MINCO 5.4 RECURSO EXTRAORDINARIO: Hequísitos proptos. Resolución contraria, Procede el recurso estraordinario cuando medía denegatoria del fuero fede ral, oportunamente sectamado (4).

JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Principios generales.

La generalidad de los téminos de los arts. 67, ines. 17, 94 y 100 de la Constitución no se opone a la excusión de la competencia federal en caso de no existir los propósitos que la informan, por el escaso monto de los juicios, la relativa importancia civil o penal de los asuntos, o bien por otros motivos, ya que pueden reputarse de jurisdieción federal exclusiva las cansas originariamente sometidas a la Coste por el art. 101 de aquélla (3), JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Por las personas.

Las normas sobre competencia contenidas en el art, + del decreto-ley 3247/44 (ley 12918), disposición que se mantiene vigente en el art. 24 de la ley 18,345, tienen alcance nacional, y autorizan, en causas derivadas del contrato taboral entre particulares, la intervención de los tribunales del tralujo provinciales, aun cuando la jurisdicción federal hubiera procedido, en principio, por razón de las persosas. Son válidas las disposicioses sobre competencia incluidas en la ley 7718 de a Provincia de Buenos Aires —no obstante su carácter local— por recoger un principio consagrado previamente por disposiciones legales nacionales (7).


EMILIO ERNESTO DI TATA
ADUANA: Exportación, Al carecer la autoridad administrativa de facultades para conceder nuevas prórrogas, toda vez que en el caso el plazo de la salida temporal ya había sido umpliado, contradice los términos del art. 140 ter de la Ley de Aduana t. o. en 1962 y sus modificaciones) el fallo que —al revocar la multa impuesta por la Aduana por la falta de retorno de mercadería salida del 1) 10 de febrero, 2) Fallos: 289:39 ; 290:116 ; 293:270 ; 302:155 .

2) Fallos: 235:200 ; 245:445 ; 273:390 ; 289:39 .

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Año: 1981, CSJN Fallos: 303:141 
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