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Año: 1981, Fallos: 303:2012 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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OSVALDO LUIS DELEGLISE v. MARIA MICAELA DOTTA DE GIMENEZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.

Fundamento.

Para satisfacer los recaudos de Fundamentación antónoma exigidos por el art, 15 de la ley 48 y la reiterada jurisprudencia de la Corte, el escrito de interposición del recurso extraordinario, cuyos términos limitan la competencia del Tribunal cuando conoce por esa vía, debe contener un relato claro y suscinto de los hechos de la causa, de la cuestión federal en debate y de la relación que habría entre ésta y aquéllos, como así también una crítica conereta y razonada de los fundamentos en que se basa la decisión del a «quo (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Relación directa. Normas extrañas al juicio disposiciones constitucionales.

La omisión de la apelante de exponer los fundamentos de hecho y de derecho que tornarían viable la pretensión de reajustar el precio, pone de manifiesto la falta de nexo entre lo decidido y las garantías constitucionales que se invocan como vulneradas,

BELISARIO GONZALEZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

La determinación del alcance con que se aplican las leyes comunes es matería ajena a la instancia prevista por el art. 14 de la ley 48, pues es facultad privativa de los jueces de la causa determinar las normas que deben regir el pleito y sv vigencia en el tiempo ().

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.

No resulta vulnerada la garantía de igualdad prevista en el artículo 16 de la Constitución Nacional por la circunstancia de que el legislador haya fijado ') 23 de diciembre, Fallos: 283:404 ; 294:395 ; 205:09 ; 296:291 , 608, 639; 298:354 .

7) 23 de diciembre, Fallos: 271:139 ; 273:403 ; 297:117 .

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Año: 1981, CSJN Fallos: 303:2012 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-303/pagina-2012

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