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Año: 1982, Fallos: 304:1602 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ruido por no hallarse los telares en funcionamiento, por lo que sus conclusiones descansan en deducciones del experto, y la otra, del médico la.

boratorista, por dar cierta la intensidad sonora que estima el anterior (1),

DIDAKTA S.A.C.LE.LA.


ABASTECIMIENTO.
La derogación de una resolución administrativa por otra. no significó tun cambio fundamental en la política económica y en la punibilidad de tas transgresiones por vía de una derogación generalizada del sistema regi mentario que implique dejar sín contenido sustancial el régimen de ta ley 20680, por lo que vo alcanza al caso de una multa impuesta en hase al teror de la primera de aquéllas la norma del art, 2 de Código Penal relativa a la aplicación de la ley penal más benigna (°).


IGNACIO SALVADOR GOICOCHEA y JUAN JOSE GUERRA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal "meri.

Si el Tribunal del Trabajo DE 1 de Mar del Plata resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda, y contra dicho pronunciamiento el accionado interpuso recurso extraordinario, que fue concedido, el a quo es en el caso el superior tribunal de la causa a que se refiere el art. 14 de la ley 48 (3), RECUNSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Tribmmal superior.

Sí el recurso local fue denegado por el a que sobre la base de haberse omitido el depósto exigido por la ley provincial, la pérdida por una mtilización inapropiada por parte del apelante de una vía que él comideró apta 0) 4 ade noviembre, 9) 4 de noviembre. Fallos: 299:382 .

0) 9 de noviembre. Fallos: 304:1468 ,

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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:1602 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-304/pagina-1602

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