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Año: 1986, Fallos: 308:1167 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de agosto de 1986. ' Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Santa Coloma, Luis Federico y otros C/E.F.A.", para decidir sobre su procedencia. Considerando: 1) Que la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, impugnada mediante , el recurso extraordinario deducido a fs. 500/524, cuya denegación dio lugar a la presente queja, modificó el fallo de primera instancia —que había hecho lugar parcialmente a la demanda de daños y Perjuicios. ordenando abonar a los actores la suma de $a 2.786.510— y redujo el monto de la condena a $a 557.400.

2) Que para la mejor comprensión del caso, conviene indicar que a fs. 40/51 promovieron demanda os cónyuges Luis Federico de Santa Coloma y Jacqueline Colette Alice Dedoyard de Santa Coloma —por derecho propio y el primero de los nombrados también en representación del menor Martín Ambrosio de Santa Coloma— con tra la Empresa Ferrocarriles Argentinos, por cobro de los daños materiales y morales resultantes del accidente ferroviario acaecido el 8 de marzo de 1981, en las cercanías de Brandsen, Provincia de Buenos Aires. En ese suceso perdieron la vida las menores Isabel Claudia, Florencia y Luz de Santa Coloma, y sufrió diversas heridas el mencionado Martín Ambrosio, todos ellos hijos de los actores.

La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda por .

la suma ya indicada (fs. 434/437). Interpuestos recursos de apelación por la actora y la demandada, la Cámara en su decisión de N fs. 484/491 modificó el monto de la condena, reduciéndolo a la suma de .$a 557.400. En cuanto aquí interesa, cabe señalar que la alzada revocó la decisión de primera instancia lo concerniente al invocado daño material sufrido por los padres a consecuencia de la .

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1167 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-308/pagina-1167

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