DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL .
Suprema Corte:
La cuestión aquí debatida es substancialmente análoga a la que V.E. resolvió el 26 de junio del corriente en la causa "Ferrari, Alejandro c/Estado .Nacional (P.E.N.) s/amparo", razón por la cual opino que, por las razones allí expuestas, corresponde dejar sin efecto la sentencia apelada y hacer lugar al recurso interpuesto con arreglo a la doctrina que en dicho precedente se consagra. Buenos.
Aires, 11 de julio de 1986. Juan Octavio Gauna. .
FALLO' DE LA CORTE SUPREMA. .
Buenos Aires, 9 de setiembre de 1986. .
Vistos los autos: "Beveraggi de la Rúa y otros c/Est. Nac. (Mi- —.
nisterio de Educación y Justicia) s/amparo y medida precautoria"..
Considerando: . .
Que los agravios del apelante remiten al examen de cuestiones.
sustancialmente análogas a las examinadas en la causa F.446.XX., Ferrari, Alejandro M. c/Estado .Nacional (P.E.N.) s/amparo" con.
fecha 26 de junio de 1986, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razones de brevedad.
Por ello, y lo dictaminado en 'sentido concordante por el señor Procurador General, se deja sin efecto la sentencia apelada y se:
rechaza la demanda. Costas por' su orden.
. AUcusto CÉsar BELLUSCIO — CARLOS S. FAYT —— ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JORGE ANTONIO BACQUÉ.
Compartir
6Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1630
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-308/pagina-1630
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 308 Volumen: 2 en el número: 128 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico: