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Año: 1986, Fallos: 308:735 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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vestigación como efecto exclusivo del procedimiento ilegítimo en el que se secuestró el estupefaciente, desde que esa circunstancia determinó las manifestaciones de uno de los coprocesados y la consecuente incriminación de aquél. Ello es asi, pues no hubo varios cauces de investigación sino uno sólo, cuya vertiente original estuvo viciada y contaminó todo su curso, abarcando también el -reconocimiento del Propio recurrente en tanto ello es consecuencia directa de su ilegítima vinculación al sumario. RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. La cuestión federal, base del recurso extraordinario, debe introducirse — en la primera ocasión posible que brinde el procedimiento, a fin de que los jueces de la causa puedan tratarla y resolverla, pues tanto la admisión como el rechazo de las pretensiones de las partes son eventos previsibles que obligan a plantear su momento las defensas a .., que hubiera lugar. En ese sentido, se ha expresado que la invocación de que se halla involucrada en el pleito una cuestión constitucional, no puede ser el resultado de una reflexión tardía o de una mera ocurrencia (Disidencia del Dr. José Severo Caballero).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cues- tión federal. Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extraordinario. N Los agravios del único apelante vinculados con la supuesta violación del art. 18 de la Constitución Nacional en virtud del presunto allana miento ilegítimo practicado en el domicilio de quien resultó conde nado por tenencia de estupefacientes, no pueden tener cabida, pues | tal cuestión federal, que se pretende someter al conocimiento de la Corte Suprema, ha sido tardíamente - introducida el escrito de interposición del recurso extraordinario, cuando la primera oportunidad Posible fue al mejorar los fundamentos del fallo de primera instancia, que acogió las objeciones constitucionales de la defensa de quien sufriera dicho allanamiento y sustentó la absolución, en lo pertinente, .

de aquella (Disidencia del Dr. José Severo Caballero).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia de los requisitos. .

Son inatendibles las alegaciones que plantean la violación del régimen penal de la minoridad. Ello es así, puesto que el recurrente no de- muestra que el condenado sufra gravamen actual por la no aplicación del régimen que propugna, ya que, si bien era menor de 18 años al

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:735 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-308/pagina-735

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