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Año: 1988, Fallos: 311:2740 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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2744 FALLOS DE TACORTE SUPREMA disponiendo que, por quien competa se dicte una nueva con arreglo a lo expuesto. Buenos Aires, 21 de junio de 1988. María Graciela Reiriz.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 20 de diciembre de 1988.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Iches, Roberto Francisco y otros c/ Empresa Nacional de Telecomunicaciones", para decidir sobre su procedencia.

Considerando: Que contra la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que, al revocar la de primera instancia, hizo lugar al reclamo de los actores, la parte demandada interpuso el recurso extraordinario que, al ser denegado, motivó la presente queja.

Que esta Corte comparte los argumentos y conclusiones expuestos en el dictamen de la Sra. Procuradora Fiscal, a los que se remite en razón de brevedad.

Por ello, se hace lugar a la queja y al recurso extraordinario interpuestos y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan las actuaciones al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte una nueva con arreglo a la presente. Agréguese la queja al principal, reintégrese el depósito de fs. 17 y, oportunamente, remítase.

Josf SEvEro CABALLERO — AUGUSTO César BeLuscio — Car1os S. FAYT — JorGE ANTONIO Bacqué.


DOMINGO ALCIDES MOLINARI v. COMPAÑIA QUIMICA S. A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Trámite. .

El pago sin hacer reserva alguna a continuar el trámite de la apelación importa una renuncia o desistimiento tácito del recurso (1).

1) 20 de diciembre. Fallos: 297:40 ; 302:559 , 806, 949, 1264, 1404, 1962.

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:2740 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-2740

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