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Año: 1990, Fallos: 313:1047 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parte una provincia. Causas que versan sobre cuestiones federales.

Lamera violación de las garantías constitucionales relativas a In propiedad, libertad y vida de Jos habitantes de la República no sujeta, por sí sola, las causas que de clla surjan, al fuero federal (1).


LUISA MABEL ETCHEVERRY y OTROS
v. PROVINCIA Di: BUENOS AIRES

PARTES,
La presentación de quien no ha sido parte, cuando el proceso se encuentra ya concluido, no halla fundamento en disposición legal alguna.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio, Procedimiento y sentencia.

La ausencia de citación al juicio no puede constituir violación alguna de la garantía del debido proceso, para quien no ha xido condenado.

RECUSACION
Sólo corresponde a quien es parte el ejercicio de la facultad de recusar.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de octubre de 1990.

Autos y Vistos: Considerando:

1) Que por medio de la presentación que antecede. el doctor César Buedo solicita que se declare que la sentencia de autos carece de efectos jurídicos a su respecto y recusa con fundamento en las causas previstas por el art. 17, ines. 5" y 7, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. a los ministros que suscribieron el pronunciamiento que en copia obra a fs. 1/6.

3) Fallos: 311:2154 .

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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:1047 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-313/pagina-1047

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