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Año: 1990, Fallos: 313:1393 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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indeterminación de sus beneficiarios (Voto del Dr, Enrique Santiago Petracchi y Julio C.

Oyhanarte).

INDULTO.
El indulto es de carácter particular porque individualiza, con mención literal de sus nombres, ala persona olas personas que son sus destinatarias y aún requiere la agregación de un informe judicial atinente a cada una de ellas (Voto de los Dres. [Enrique Santiago Petracchi y Julio C.

Oybanarte).

AMNISTIA.
La amnistía nocontiene personalización alguna e inclusoJo común ha sido que se la concediera impersonalmente: "por" o "para" los delitos que el legistador menciona o describe (Voto de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Julio C. Oyhanarte).

AMNISTIA.
Toda persona que se encuentre dentro de la situación jurídica descripta poruna ley de amnistía ticne derecho a reclamar el reconocimiento del beneficio, promoviendo ante la justicia el pertinente "incidente de amnistía" (Voto de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Julio C.

Oyhanunie).

INDULTO.
El indulto confiere derecho subjetivo nada más que a quienes aparezcan incluidos en elexto del decreto presidencial (Voto de los Dres, Finrique Santiago Petracchi y Julio C. Oyhanarte).

INDULTO.
El hecho de que el indulto se extienda a varias personas. individualmente determinadas y literalmente designadas, no lo desnaturaliza ni lo descalifica (Voto de los Dres. Jinrique Santiago Petracchi y Julio C. Oyhanarte).

INDULTO.
El ordenamiento institucional se vería gravemente subventido si los jueces se tomaran para si el poder admitir o rechazar las finalidades de ese tributo de la soberanía que es el indulto e invadieran, así, una esfera en que la Constitución quiso que imperara la discreción razonable del Presidente de la Nación (Voto de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Julio C.

Oyhanarte).

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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:1393 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-313/pagina-1393

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