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Año: 1995, Fallos: 318:1362 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parte una provincia. Generalidades.

La Dirección Provincial de Vialidad de Misiones es una entidad autárquica de derecho público con capacidad para actuar privada y públicamente y con individualidad jurídica y funcional, que no puede ser identificada con la provincia.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parte una provincia. Generalidades.

Sila provincia demandada no aparece como titular de la relación, jurídica en que se sustenta la pretensión, no cabe tenerla como parte sustancial en la litis, por lo que la causa es ajena a la competencia originaria de la Corte.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Generalidades.

La competencia originaria de la Corte, por ser de raigambre constitucional, se encuentra taxativamente limitada a los supuestos allí enunciados, y no puede ser extendida ni restringida por las leyes que la reglamentan.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

E Carlos Enrique Constantino, por sí y en representación de sus dos hijos menores de edad y Adriana Cecilia Paez, todos domiciliados en la Provincia de Buenos Aires, promueven la presente demanda contra Alberto Ricardo Ojeda y Federico Ramón Puerta, vecinos de la Provincia de Misiones, y/o contra quien resulte propietario, usuario, usufructuario y/o responsable del automotor tipoTractor que identifican, a fin de obtener una reparación por los daños y perjuicios que les ha ocasionado el accidente de tránsito ocurrido por culpa del tractor —según dicen- en la ruta provincial N° 105, jurisdicción del Municipio de Garupa, Departamento Capital, de la Provincia de Misiones.

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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:1362 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-318/pagina-1362

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