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Año: 1997, Fallos: 320:2195 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia del recurso. Apartamiento de constancias de la causa.

Corresponde dejar sin efecto el pronunciamiento que dedaró la incompetencia delajusticia nacional en locivil para conocer en la demanda relativa a la determinación y cobro de honorarios, si incurrió en el apartamiento de las constandas de la causa (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Carlos S.

Fayt, Gustavo A. Bossert y Adolfo Roberto Vázquez).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 14 de octubre de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Vanney, Eduardo Jorge e/ Huarte S.A.C.I.F. y C.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).

Por ello, se desestima la queja. Notifíquese y, oportunamente, archívese, previa devolución de los autos principales.

JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLiné O'Connor (en disidencia) — CarLos S. FAYr (en disidencia) — AUGUSTO César BeLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. López — Gusravo A. Bossert (en disidencia) — AnoLro Roserto Vázauez (en disidencia).

DISIDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MoLINé O'Connor Y DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON CARLOS S. FAYT,
DON Gustavo A. BosseRT Y DON ApoLFo ROBERTO VÁZQUEZ
Considerando:

12) Que la Sala D dela Cámara Nacional de Apelaciones en lo CiVil, al dictar el nuevo pronunciamiento ordenado por esta Corte en el

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2195 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-320/pagina-2195

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