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Año: 1997, Fallos: 320:2193 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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420 2193 Por ello, se deniega la recusación de los señor es jueces de este Tribunal, doctores Julio S. Nazareno, Eduardo Moline O' Connor, Carlos S. Fayt, Augusto César Belluscio, Enrique Santiago Petracchi, GustaVOA. Bossert y Adolfo Roberto Vázquez y se aplica ala señora Marta Stella Maris Huerta y a su letrada patrocinante, doctora Analía Beatriz Bastías una multa equivalente al 30 de la remuneración que por todo concepto perciba efectivamente el juez de primera instancia conf. art. 18 del decreto-ley 1285/58, según texto del art. 2 de la ley 24.289). Comuníquese al Colegio Público de Abogados. Notifíquese y cúmplase.

JuLio S. NAZARENO — EDUARDO MoLint O'Connor — Caros S. FAYr —
AUGUSTO César BELLuscio — ENRIQue SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO
BOGGIANO — Gustavo A. Bossert — AnoLFo ROBERTO VÁzQuez.


EDUARDO JORGE VANNEY v. HUARTE S.A.C.I.F. y C.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Cuestiones de competencia.

Noes sentencia definitiva o equiparable a tal el pronunciamiento que, al admitir la excepción opuesta, dedaró la incompetencia de la justicia civil para conocer en la demanda relativa a la determinación y cobro de los honorarios reciamados por gestiones realizadas para la participación de una empresa como contratista en diversas obras públicas.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Cuestiones de competencia.

Procede el recurso extraordinario contra las decisiones que resuelven cuestiones de compet encia cuando media denegación del fuero federal u otras circunstancias excepcionales permiten equipar ar esos interlocutorios a pronunciamientos definitivos (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Carlos S. Fayt, Gustavo A. Bossert y Adolfo Roberto Vázquez).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Cuestiones de competencia.

Procede el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que dedaró la incompetencia de la Justicia Nacional en lo Civil para conocer en la demanda

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2193 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-320/pagina-2193

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