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Año: 2000, Fallos: 323:1067 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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en la instancia precedente excepto en lo relativo a la "compensación por vivienda", admitió parcialmente la demanda interpuesta por una serie de generales retirados y pensionistas del Ejército Argentino y, consecuentemente, condenó al Estado Nacional a incluir en el rubro sueldo" sobre la base del cual se les liquidan los haberes de retiro y pensión, los suplementos por "responsabilidad de cargo o función", por "mayores exigencias de vestuario" y la compensación para "adquisición de textos y demás elementos de estudio" previstos en el decreto 2769 de 1993, y el suplemento "de zona" reglamentado en la resolución del Ministerio de Defensa 1459 de 1993. Contra tal pronunciamiento, ambas partes interpusieron los recursos extraordinarios concedidos a fs. 480. , 29) Que, como fundamento, el tribunal de alzada expresó que si bien en el decreto 2769 de 1993 se había dispuesto que el suplemento por responsabilidad de cargo o función fuera percibido por quienes tuvieran responsabilidad directa en la conducción de personal o administración de material, y por no más del 68 de los efectivos, el informe del perito contador solicitado para mejor proveer y oportunamente agregado a la causa demostraba que lo percibía prácticamente todo el personal militar con el mismo grado que los demandantes —generales de división y de brigada—. Con relación al suplemento por mayores exigencias de vestuario, establecido en beneficio del personal que por revistar en organismos con funciones representativas de la institución militar deba usar intensivamente los uniformes, señaló que el informe del perito contador indicaba que ese concepto era percibido por el 97 de los generales de brigada y el 73 de los generales de división, y que el 3 y 27, respectivamente, que no lo percibía, cobraba en su lugar el suplemento por zona, de manera que, uno u otro, eran percibidos por la totalidad del personal militar. En cuanto a la compensación para la adquisición de textos y elementos de estudio expresó que, según el informe antedicho ese rubro era percibido por la totalidad del personal con el grado de general de división o de brigada, además de que el Ejército Argentino había informado que los cursos de perfeccionamiento en virtud de los cuales el personal tenía derecho a percibir esa compensación no se habían dictado desde enero de 1994 en adelante.

Expresó que, toda vez que tales conceptos eran percibidos por más del 68 del personal militar -parámetro establecido en el decreto 2769 de 1993 como límite de efectivos que podían beneficiarse con el pago del suplemento por responsabilidad de cargo o función-—, y dado

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:1067 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-323/pagina-1067

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