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Año: 2001, Fallos: 324:535 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DICTAMEN DE LA PROCURADORA FISCAL
Suprema Corte:

—|-

A fs. 28/29 de estas actuaciones, Margarita A.M. Haucke de Bosco —en su carácter de administradora judicial dela sucesión de su extinto esposo, Eugenio D. J. Bosco, en representación de sus hijos menores Martín y Alejandro Bosco Haucke y en su condición de apoderada de Ana María Parra de Bosco, viuda de Juan Bautista Bosco y única heredera declarada en la sucesión de su otro hijo premuerto Juan Bautista Bosco (h)- con domicilio en la Provincia de Buenos Aires, planteó cuestión de competencia, por vía de inhibitoria, ante el Juzgado Federal de Resistencia, Provincia del Chaco, afin de que su titular sedeclare competente para entender en los autos caratulados "Provincia del Chaco c/ Parra de Bosco, Ana María y otros s/ expropiación", que tramitan ante el Juzgado en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de esa provincia y requiera su remisión a aquel tribunal.

Fundó su derecho a la jurisdicción federal, en su distinta vecindad con la provincia actora, con apoyo en lo dispuesto en el art. 116 dela Constitución Nacional y en el art. 2, inc. 2 de la ley 48.

—II-

Afs. 34/35, el juez federal interviniente decidió rechazar la inhibitoria solicitada —de conformidad con el dictamen del fiscal federal fs. 31) y la opinión de la defensora pública oficial (fs. 33), que intervinoen ejercicio de la representación promiscua que le corresponde por los menores demandados en el pleito—, por considerar que la referida causa, en la que es parte una provincia, resulta de la competencia originaria y exclusiva de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por aplicación del art. 117 dela Constitución Nacional.

— 1 Disconforme con tal pronunciamiento, la actora interpuso recurso de apelación y nulidad ante la Cámara Federal deResistencia (v. fs. 36).

En su expresión de agravios, obrante afs. 37/38, basó su planteamien

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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:535 
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