Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 2003, Fallos: 326:3840 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

44) Que la mínima afectación a los alegados derechos a la integridad física y psíquica queda demostrada, además, por la posición de la recurrente en cuanto propone renunciar a su der echo de oponerseala extracción de sangre siempre que se admita que el resultado de la prueba noserá usado en contra de los imputados a los que siente como padres (ver fs. 133 vta. del incidente), lo cual supone que aquellas alegaciones importan más bien el planteo de un obstáculo meramente formal para evitar la persecución penal de los procesados que una auténtica afirmación de sus derechos eventualmente lesionados por la decisión de fs. 168/170 del principal.

45) Que la medida resulta también idónea en relación con el éxito que eventualmente puede obtenerse a raíz de la realización de los análisis respectivos. Cabe señalar que los exámenes de ADN son —en el actual estado de los avances científicos. un método adecuado y conducente para la determinación de la filiación y así ha sido reconocido mediante la sanción de la ley 23.511 que creó el Banco Nacional de Datos Genéticos que en su art. 5 establece que todo familiar consanguíneo de niños desaparecidos o supuestamente nacidos en cautiverio, tendrá derecho a solicitar y obtener los servicios del Banco Nacional de Datos Genéticos.

46) Que, precisamente, en el mensaje de elevación del proyecto al Congreso de la Nación, el Poder Ejecutivo había efectuado la evaluación acerca de la eficacia de los métodos adoptados y con relación ala necesidad de su implementación en las particulares circunstancias históricas que vivió nuestro país. En ese sentido se precisó que "la localización e identificación de niños... ha sido y continúa siendo, preocupación del gobierno nacional y dela sociedad argentina en general.

Prueba de ello es que, al crearse en jurisdicción del Ministerio del Interior la Subsecretaría de Derechos Humanos (decreto 3090/84), se incluyó entre sus funciones la búsqueda de niños desaparecidos". Los avances de la ciencia permiten contar con análisis inmunogenéticos y de histocompabilidad capaces de producir pruebas de nexo biológico de asombrosa precisión, así como de descartar, sin margen de error, una paternidad falsamente atribuida.

Los familiares de niños desaparecidos o presuntamente nacidos en cautiverio, fundamentalmente abuelos en muchos casos de edad avanzada, tienen un lógico y respetable interés en constituir las pruebas que permitan - legado el caso— aun después de su muerte, la iden

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

5

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2003, CSJN Fallos: 326:3840 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-326/pagina-3840

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 326 Volumen: 2 en el número: 2113 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com