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Año: 2010, Fallos: 333:2078 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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nueva conforme a derecho. Buenos Aires, 1 de junio de 2009. Laura M. Monti.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Año del Bicentenario Buenos Aires, 9 de noviembre de 2010.

Vistos los autos: "Acuña, Juan Manuel y otros c/ EN AGN disp.

70/05 s/ empleo público".

Considerando:

Que las cuestiones planteadas han sido adecuadamente consideradas en el dictamen de fs. 420/421 vta., cuyos fundamentos son compartidos por el Tribunal, y a los que corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara formalmente admisible el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Con costas. Notifíquese y devuélvase para que, por quien corresponda, dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente.


RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA I. HIGHTON DE NoLAsco — ENRIQUE

SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLOS MAQUEDA — E. RAÚL ZAFFARONI.
Recurso extraordinario interpuesto por la Auditoría General de la Nación, demandada en autos, representada por los Dres. Paulina Albrecht y Mariano Cúecaro.

Traslado contestado por Juan Manuel Acuña y otros, actores en autos, representados por el Dr. Luis N. Acevedo.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala II.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11.

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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:2078 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-333/pagina-2078

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