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Año: 2010, Fallos: 333:600 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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mitiría descartar que se hubiese afectado el servicio o patrimonio de organismos vinculados con las elecciones nacionales (Fallos: 313:474 y 312:1943 , a contrario sensu). Buenos Aires, 8 de septiembre del año 2009. Luis Santiago González Warcalde.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Año del Bicentenario Buenos Aires, 4 de mayo de 2010.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N" 2 de Neuquén, al que se le remitirá. Hágase saber al Juzgado de Instrucción N" 4 con asiento en la ciudad mencionada.


RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA LI. HIGHTON DE NoLAsco — CARLOS

S. FAYr — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLOS MAQUEDA — E.

RAÚL ZAFFARONI — CARMEN M. ARGIBAY.
TIEMPO NUEVO S.R.L.

PUBLICACION DE LA LEY.
Siel régimen normativo aprobado por el Protocolo Adicional sobre Infracciones y Sanciones, suscripto como anexo IV al Acuerdo de Alcance Parcial, en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) no se encontraba debidamente publicado cuando sucedieron los hechos que se intentan sancionar, porque la disposición 242/97 dictada para hacer efectivo dicho protocolo ordenaba su publicación íntegra en el Boletín Oficial extremo que no sucedió y obligó a que la

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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:600 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-333/pagina-600

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