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Año: 2014, Fallos: 337:1193 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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cipio, que ya se ha mencionado antes, acerca de la relación de los derechos fundamentales con el ordenamiento del derecho privado: las leyes generales, en tanto tienen como efecto restringir un derecho fundamental, deben ser vistas e interpretadas a la luz del significado de ese derecho, de tal manera que quede en todos los casos salvaguardado el contenido axiológico fundamental de aquél" (BVerfGE, tomo 7, pags. 198 y 208).

En sentido similar, esta Corte ha expresado ya hace mucho tiempo que en materia de interpretación de las leyes debe preferirse la que mejor concuerde con las garantías, principios y derechos consagrados por la Constitución Nacional (Fallos: 200:180 ).

Y más recientemente, al señalar que la interpretación de un artículo del Código Civil debía adecuarse a la comprensión constitucional del derecho en juego, señaló que "[els un principio hermenéutico utilizado por este Tribunal desde sus primeros precedentes que de ese modo deben entenderse todos los preceptos del ordenamiento jurídico Fallos: 255:192 ; 285:60 ; 299:93 ; 302:1600 ), desde el momento en que esa integración debe respetar los principios fundamentales del derecho en el grado y jerarquía en que éstos son valorados por el todo normativo Fallos: 312:111 ; 314:1445 )" (Fallos: 329:5266 ).

15) Que esta Corte adelanta su conclusión: no corresponde juzgar la eventual responsabilidad de los "motores de búsqueda" de acuerdo a las normas que establecen una responsabilidad objetiva, desinteresada de la idea de culpa. Corresponde hacerlo, en cambio, a la luz de la responsabilidad subjetiva.

Los "motores de búsqueda" (search engines) son los servicios que buscan automáticamente en Internet los contenidos que han sido caracterizados por unas pocas "palabras de búsqueda" (search words) determinadas por el usuario. Su manera de funcionar los caracteriza como una herramienta técnica que favorece el acceso al contenido deseado por medio de referencias automáticas (Thibault Verbiest, Gerald Spindler, Giovanni M. Riccio, Aurélie Van der Perre, Study on the Liability of Internet Intermediaries, Noviembre 2007, pág. 86).

Esta última es la tendencia dominante en el derecho comparado.

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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1193 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-337/pagina-1193

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