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Año: 1889, Fallos: 36:388 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Fallo de la Suprema Corie Buenos Aires, Julio 27 de 1889, Vistos: No existiendo mérito para deci!ir la presente contienda de competencia, por haber desaparecido con arreglo á las leyes de federalizacion de esta Capital, y orgúnica de los Tribunales de la misma, la institucion de los Jueces Provinciales de Paz, devuélvanse estos antecedentes al Juzgado de Seccion Ñ los efectos á que hubiere lugar, debiendo vn oportunidad reponerse los sellos.


BENJAMIN VICTORICA. — ULADISLAO

FMAS, — FEDERICO IBANGÚNEN.
— €. 5. DE LA TOME. — LUIS

Y, VARELA.

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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:388 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-36/pagina-388

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