Fallo de la Suprema Corie Buenos Aires, Julio 27 de 1889, Vistos: No existiendo mérito para deci!ir la presente contienda de competencia, por haber desaparecido con arreglo á las leyes de federalizacion de esta Capital, y orgúnica de los Tribunales de la misma, la institucion de los Jueces Provinciales de Paz, devuélvanse estos antecedentes al Juzgado de Seccion Ñ los efectos á que hubiere lugar, debiendo vn oportunidad reponerse los sellos.
BENJAMIN VICTORICA. — ULADISLAO
FMAS, — FEDERICO IBANGÚNEN.
— €. 5. DE LA TOME. — LUIS
Y, VARELA.
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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:388
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