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Año: 1889, Fallos: 36:401 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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30 pipas vino y 100 barricas azúcar, á la órden, mercaderías que el agente del vapor consignó despues al agente despachante, Don Cándido Fonseca, segun documento que este presentó.

Este señor, con fecha 18 del mismo, presentóse ú la Aduana pidiendo permiso de trasbordo de las mercaderías espresadas, del vapor Rivadavia que las conducía ú una chata denominada Del Paso, de bandera nacional, y con destino al Salto, El permiso le fué concedido, pero la operacion no se efectuó, quedando desde luego las mercaderías en Concordia, como se demuestra por los antecedentes del sumario, habiéndose verificado una simulacion de reembarco, Comprobado como está, tanto por las declaraciones del sumario, como por los documentos que en este proceso figuran, que el vapor Rivadavia dió su entrada al puerto de Concordia el día enunciado, trataré de evidenciar que aquellas mercaderías quedaron en Concordia, habiéndose hecho una falsa operacion de trasbordo á la chata nacional Del Paso.

A foja 1, se encuentra una solicitud de Fonseca, en la que pide abrir registro á la chata denominada Del Paso, de diez toneladas de capacidad y con destino al Salto, permiso que le fué concedido el 18 de Junio, y para que esta embarcacion pudiera recibir esta carga era indispensable que estuviera á plan barrido, y es por esto que el guarda Izquierdo, sin haber visto la embarcacion, porque ella no existía y faltando al cumplimiento de su deber, espide un certificado de encontrarse la tal chata á plan barrido (documento de foja 2).

A foja 3, figura el permiso de trasbordo, haciéndose la operacion aparente por el guarda Don Miguel Gonzalez, Los artículos espresados iban á ser conducidos al Salto, como de tránsito, y para el efecto era indispensable hacer la solicitud que corre úá foja 4, y para salir del puerto de procedencia era necesario cerrar registro, por cuya razon aparece el documen— 1. 20

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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:401 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-36/pagina-401

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