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Año: 1870, Fallos: 9:32 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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aplicarse la última pena, Por estos fundamentos y los relativos al delito de rebelion que contiene la sentencia apelada de foja ciento cuarenta y mueve vuelta, se revoca, declarándose que está plenamente probado el delito de rebelion de que es acusado Elías Butierrez con las circunstancias agravantes espresadas en el artículo quince de- la Ley Penal citada; y en consecuencia se le condena á diez años de estrañamiento, y á la multa de seis mil pesos fuertes, con mas las costas y costos procesales, y comunicándose al Poder Ejecutivo, devuélvase la causa.

SALVADOR MARIa DEL CARRIL. —FRaNcisco DELGADO, — Jusé Bannos Pazos. — Benito Cannasco oa

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Año: 1870, CSJN Fallos: 9:32 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-9/pagina-32

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