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Año: 1915, Fallos: 122:251 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CAUSA CXNNVIII
Ferrocarril Central Argentino, contra el Fisco Nacional, por cobro de pesos: sobre competencia Sumario: No es necesaria la venia del Congreso para entablar contra el fisco naciona! demanda por la va ordinaria, por repetición de sumas de dinero pagadas por concepto de impuestos, en juicios de apremio seguidos por aquél contra el demandante. C Art. 320 de la ley nacional de procedimientos), Caso: lo exfíican las piezas siguientes:

VISTA FISCAL Señor Juez: :

El Ferrocarril Cemral Argentino demanda al Fisco Nacional por cobro de pesos. El Fisco Nacional no es otra cosa que el Gobierno Nacional conocido como entidad económica, por consiguiente la empresa ferroviaria demanda al Gobierno de la Nación por cobro de pesos.

Ahora hien, los tribunales federa'es, según la ley N". 3952 de 6 de Octubre de 1900, pueden conocer de fas acciones civiles que se deluzcan contra ke Nación en su carácter de persona jurídica, sin necesidad de aworización previa legislativa, pues no podrán darles curso sin que se acredite haber precedido la reclamación de los derechos controvertidos ante el P. E. y su «denegación por parte de éste.Estas útimas condiciones de que habla la ley «de referencia no las justifica la demanda y por consiguiente el juzgado no puede dar curso a la litis hasta tanto no se compruebe su cumplimiento. Esto, salvo, ete, — Pedro N. «rias, Fiscalia, Mayo 7 de 1914.

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Año: 1915, CSJN Fallos: 122:251 
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