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Año: 1915, Fallos: 122:250 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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5 250 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Que no bastan para la comprobación del cambio de domicilio da circular de fojas 63 que se refiere únicamente a la venta de articulos en las oficinas de la "Agricola Ganadera" del Ro sario, y la manifestación hecha en el poder de fojas 1 al solicitar str concurso en visperas de la venta judicialmente orde nada de su principal establecimiento situado en la Provincia de Cordoba.

Constando en el documento de fojas 78 que el 29 de Mayo del corriente año Gardey estaba domiciliado en la calle Juan Luis Gardey, Las Acequias, E. C. C. A., si trastación al Rosario y y El otorgamiento del poder de fojas 1 e1 18 de Junio para hacer da cesión de bienes que lo separaba de éstos, excluye la aplicación en el caso, del artículo 97 del Código Civil, según ei cmral el cambio de domicilio se verifica instantáneamente por e' hecho de La trasiución de la residencia de un lugar a otro, con ánimo de permanecer en él, y de tener allí su principal establecimiento. Fallos, tomo 112 pág. 333 . ! Por estos fundamentos y de conformidad con lo expuesto y pedido de Señor Procurador Geieral, se declara la competencia del Juzgado de Primera Instancia y Primera Nominación en lo Civil y Comercial de Rio Cuarto, provincia de Cór«doba, para conocer del concurso de don Juan Latris Gardey a quien se le remitirán los autos, haciérlolo saber por oficio a! señor Juez de igual clase de la 2". Circunscripción judicial del Rosario, provincia de Santa Fe. Repóngase el papel.


A. BERMEJO. — NICANOR G. DEL
Sor.ar, — M. P. Daracr, — D. E. Paracio. — J. FiGuE

RON ALCORTA.

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Año: 1915, CSJN Fallos: 122:250 
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