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Año: 1917, Fallos: 126:326 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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396 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA .

nización, en que se trate de la aplicación de la expresada ley.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:


AUTO DEL. SEÑOR JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Julio 3 de 1017.

Autos y vistos: Para resolver sobre la competencia del juzgado en estas actuaciones seguidas por la compañia de seguros "La Inmobiliaria", sobre pago por consignación, re pecto de las objeciones formuladas por el señor procurador fiscal a fs. 11 vta. y de acuerdo con lo resuelto por la Exma.

Cámara a fs. 20.

Considerando :

1 Que a fs. 10. el señor representante de la compañía .

La Inmobiliaria" pretende justificar la procedencia del fuero federal por razón de la distinta vecindad de las personas que deben ser idas por derecho propio en este juicio y de acuer- do con lo dispuesto en el articulo 2, inciso 2, de la ley número 48.

2 Que además manifiesta al mismo efecto que se trata de un caso regido por la ley número 9,688, sobre responsabilidad por accidentes del trabajo, circunstancia que hace surtir el fuero federal, ritione materia", atento lo prescripto en el artículo 2, inciso 1, de la ley 48.

Sobre este punto cabe observar que si bien la disposición legal citada confiere a los jueces nacionales de sección el conocimiento en primera instancia de las causas que sean especialmente regidas por las leyes que haya sancionado y sancionare el Congreso, es de advertir que su aplicación no es procederte, toda vez que esas leyes queden involucradas dentro del derecho común del cual no son más que tina simple moedificación o ampliación.

37 Que esto es precisamente lo que sucede con la ley múwero 9.088. de carácter general, que modifica la legislación

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Año: 1917, CSJN Fallos: 126:326 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-126/pagina-326

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