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Año: 1934, Fallos: 171:13 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Julio:11 dé 1934.

Y Vistos:

Los del recurso extraordinario concedido a 5, 54 vía, en los autos seguidos por don Cecilio Espinosa contra el Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero, de la sentencia pronunciada por la Cámara en lo Civil respectiva; y Que de las constancias de autos, relacionadas por el señor Procurador General en su dictamen de fs. GI, resulta que la materia del recurso versa sobre la inconstitucionalidad del art. 5° de la Constitución de la Provincia de Santiago del Estero, por ser contraria a los preceptos y principios de la Constitución Nacional. Como lat decisión lar sido contraria 4 la supremacia de la ley fundamental, procede el recurso concedido, pues aun cuando la décisión ha:sido "diétada 'én un júicio ejecutivo, ella tiene carácter definitivo por su propia naturaleza, ya que da término a una cuestión que no podría plantearse €on éxito enel juicio ordinario, como lo tiene resuelto esta Corte en causas análogas.

Fallos: Tomo 153, súg: 415 y Tomo:159,' pág:'326):—.:

En cuanto al. fondo: deb asunto: Por los femidamentos aducivos por esta Corte en los falioá/antes Citados y de acuerdó con el dictamen" del señor' Procurador General: de is. 61, se revora la sentencia de fs.:51-en'eminto ha 'podido' ser cbjetn del recurso extraordinario, declarándose que el art. 5" de la Constitución de Santiago del Estero es-repegtiante' a'los principios de ¡los arts.

31, 67 inc, J1.y 108 de la Constitución Nacional, Notifiquese y idevuélvase,. previa - reposición del . papel o. Romaro Rererro. — Axtónió Saeoton ARNA, — Junadn V. Prya. — A NAZAR Ancionena..

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Año: 1934, CSJN Fallos: 171:13 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-171/pagina-13

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