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Año: 1937, Fallos: 178:178 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: PROCEDENCIA —
CUESTIONES DE HECHO — IMPUESTOS INTER-
NOS — REASEGURO. Sumario: 1' Procede el recurso extraordinario contra la sentencia que deniega un derecho fundado por el recurrente en una ley nacional.

2 El recurso extraordinario no autoriza a la Corte Suprema pera revisar las eircunstancias de heeho examines en la sentencia contra la cual fué deducido.

3" Demostrado que la sociedad recurrente, argentina, celebró un contrato de reaseguro con otra sociedad en la e Amiervicnes capitales extranjera en un 75 Aer imadamente, corresponde a car la dis ciones ar tículo 19 de la ley N" To sin que n'ello obste la circunstancia de que la compañía reaseguradora se haya constituido en el país y se llame nacional, i a" El osito ley No 11.252 al establecer un mp a seguros, es gravar en mayor medida las utilidades destinadas a salir del país para ser distribuídas en el extranjero.

Juicio: La Agrícola, Cía. de Seguros v, la Nación s. repetición de sumas pagadas.

Caso: Resulta del siguiente:


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, julio 16 de 1937, Y Vistos: El recurso extraordinario de la Compañía de Seguros "La Agrícola" contra el fallo de la Cámara Federal de Apelación de la Capital, que desestimó la demanda de aquélla contra el gobierno de la Nación, por repetición de sumas pagadas en concepto de impuestos internos al seguro — fs. 70 y 75 —; y

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Año: 1937, CSJN Fallos: 178:178 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-178/pagina-178

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