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Año: 1937, Fallos: 179:387 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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a los coeficientes de transporte de los produetos y mer- :

eaderías que circulan, permite realizar el tráfico extendiendo la zona de explotación mús allá del límite geográfico de la Provineia de Buenos Aires con La Pampa (Capts. 1, X, XII, XVI, XVII, XVIII)" E El capital pasivo del Ferrocarril Provineiai de Buenos Aires está constituído por títulos de la deuda pública enyo servicio anual, por In insuficiencia del producido de la explotación del ferrocarril, se hace con la renta general del Estado, con tasas de intereses que corresponden casi al límite del rendimiento comercial permitido en la Argentina por la ley N° 5315, al capital ferroviario." El enpital vefiro del Ferrocarril Provincia! de Buenos Aires, o sen el conjunto de sus bienes enyo valor debe corresponder al pasiro cn el balance financiero de la empresa, xo ha sido posible determinarlo por desconocer las inversiones reales efectuadas para su construeción o mejoramiento así como la forma en que es llevada la "cuenta capital" por su administración." En enanto a la vinculación de las prescripciones pertinentes de la Ley Mitre (N" 5315) con el Ferrocarril Provincial de Buenos Aires puede decirse que, respecto de ella, éste qoza de todos los beneficios sin que lo afecte ninguno de sus gravámenes." st Los productos y gustos de la explotación de cada ferrocarril, analizados numérica y gráficamente, demuestran que la explotación del Ferrocarril Provincial de Buenos Aires se ha hecho, durante el período de veintidós años, que comprende desde que se inició la línea troncal desde La Plata a Mira Pampa, en 15 de marzo de 1912 hasta el 31 de diciembre de 1933, con un déficit total de $ 5.527.233.14 min. Este déficit se a

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Año: 1937, CSJN Fallos: 179:387 
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