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Año: 1939, Fallos: 184:201 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Inviolabilidad de la defensa en juicio. Jueces naturales.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Materia ajena, No busta para fundar el recurso extraordinario la invocación de que la enusa no ha sido resuelta po. los jueces naturales, sí la sentencia fué dictada por el Tribunal ante el eual llevó su reclamo el recurrente, respecto del que no se hallan reunidos los requisitos que autorizan la invocación de aquella garantía.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Materia ajena.

No basta para fundar el recurso extraordinario la invo- :

eación del art. 17 de la Constitución Nacional si la sentencia apelada está fundada en ley no impugnada de inconstitucional.

DicTaMEN DEL Procurapor GENERAL Suprema Corte:

El recurso extraordinario resulta procedente por haberse puesto en tela de juicio la interpretación de una ley especial del Congreso y ser la sentencia definitiva dictada por la Cámara Federal, contraria al derecho que invoea el recurrente.

En cuanto al fondo del asunto se trata de decidir si Da. Elvira Mulvey de Leigh Me Morran, condenada por la justicia del Crimen de la Provincia de Buenos Aires a sufrir quince años de prisión por el delito de homicidio, tiene o no el dereche de exigir se le paguen los haberes jubilatorios correspondientes al tiempo de su reclusión, que terminó por indulto. La Cámara Federal, en su fallo de fs. 72 soluciona negativamente esa cuestión. El Sr. juez a quo, la había resuelto en sentido afirmativo (fs. 53).

Considero que la Cámara Federal estuvo en lo cierto, pues negado por la Caja Nacional de Jubilaciones

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Año: 1939, CSJN Fallos: 184:201 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-184/pagina-201

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