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Año: 1940, Fallos: 188:245 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

La Comisión de Fomento del pueblo Santa Teresa, en la Provincia de Santa Fe mantiene desde hace algún tiempo desinteligencias con el señor Antonio Codó Rubíes, concesionario del servicio de alumbrado local, consistiendo una de ellas en que no le abona el suministro de energía eléctrica, y por tal razón ha sido llevada a los tribunales, que la condenaron al pago de quince mil ciento cinco pesos (sentencia de fs. 32, 22 de marzo del año pasado). Pocos meses antes la misma Comisión había ordenado sellar todos los medidores de electricidad existentes en la comuna, a fin de controlar su funcionamiento; y como se imputara a Codó Rubíes baber levantado los sellos, aquélla le impuso una multa de treinta pesos por cada medidor, ascendiendo el total de la sanción a cuatro mil novecientos veinte pesos marzo 4, fs. 12, exp. administrativo anexo). Un recurso contencioso administrativo que llevará el empresario ante el Superior Tribunal de Santa Fe, fué desestimado por razones procesales (fs. 17, id.).

Entretanto, la Comisión de Fomento de Santa Teresa iniciaba apremio por cobro de la multa y las costas ($ 5.720), trabando embargo sobre maquinarias de la usina (julio 1° de 1989, fs. 19 exp. principal). En ese juicio planteó el presunto deudor cuestión de constitucionalidad alegando no existir cláusula contractual alguna, que autorizara sanciones de tal tipo, ni tampoco disposiciones legales anteriores al hecho, por lo cual se lo había penado con una ordenanza ev-post facto.

Sin embargo el juez mandó llevar adelante la ejecu

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Año: 1940, CSJN Fallos: 188:245 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-188/pagina-245

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