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Año: 1941, Fallos: 190:398 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal, Oportanidad de plantearla.

La tardía invocación de disposiciones de carácter federal efectuada en el escrito de interposición del recurso o en el memorial presentado ante la Corte Suprema, no atitoriza a éste a tomarlas en consideración,

INMENIDADES.
Los arts. 61 y 62 de la Constitución Nacional no se oponen a la iniciación de acciones criminales contra un miem bro del Congreso, que no tenzan origen en sus opiniones como legislador, ni a que se adelanten los procedimientos en los respectivos juicios mientras no se dicte orden de arresto o prisión.


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Mendoza, diciembre 14 de 1940, Autos y Vistos:

Los N° 85,826, caratulados: "Fiscal contra Edmundo del Bó y otros, por infraeción al art. 50 de la ley 5571", para o la defensa previa opuesta a la querella por el Sr, Edmundo del Bó Fortunati, alegando que su condición de legislador provincial obsta a la proseención del juieio, mientras no se allanen sus inmunidades parlamentarias y Considerando :

Que las presentes actuaciones son promovidas, entre otros, contra el Sr, senador de la Hon, Legislatura de la Provincia, don Edmundo del Dó, por supuesta infracción al art, SO de la ley 8871.

Que la aludida disposición establece: °°Inenrrirán en la multa de quinientos pesos moneda nacional, destinados al fondo de escuelas de la Capital o de la Provincia a que per° tenezea el multado, los miembros del Congreso que sin eat sa justificada faltaran n las sesiones a que se refiere el art.

° 22, los miembros de tas legislaturos que no concurran a las asambleas para elegir senadores y elfretores calificados de senadores por la Capital que incurren en la misma falta".

Que el apartado segundo del art. 58 de la misma, Cap.

TIT De los juicios en materia electoral", determina que en todos los juicios motivados por infracciones a la ley 8871

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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:398 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-190/pagina-398

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