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Año: 1942, Fallos: 193:68 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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S. A. TIERRAS Y YERBALES v. PROVINCIA DE

SANTIAGO DEL ESTERO

ACUMULACION DE AUTOS.
Atento la oposición del actor y debiendo contemplar la sentencia a dictarse en el interdieto de recobrar deducido por aquél, los efectos del juicio de expropiación iniciado por el demandado, respecto a las cuestiones debatidas en el primero, no procede acumular ambos expedientes (').


SEGUNDO DOMINGO GOBBI
SERVICIO MILITAR.
El art. 63, ine. €) de la ley 4707 contempla situaciones normales, en que sólo se convoca una clase enda año; por lo que es inaplicable al ciudadano que pretende eludir el servicio militar fundado en que un hermano suyo, cuyo período legal ha terminado, continúa bajo bandera por haberlo dispuesto así un decreto del Poder Ejecutivo fundado en razones vinculadas a la situación internaciona! existente,
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Córdoba, marzo 13 de 1942.

Y Vistos: Los de la excepción al servicio militar de Segundo Domingo Gobbi; y Considerando:

Que la excepción que acuerda el ine. €) 2° parte del art.

63 de la ley 4707 es para el hermano menor de la clase siguiente si estuviese ya bajo bandera un hermano cumpliendo el servicio de un año o el de la marina.

Que en el presente caso el hermano mayor que se encuentra bajo bandera no está cumpliendo el servicio de un año, que ya ha transcurrido con exceso, sino un período ilimitado —[[— 1) Fecha del fallo: junio 15 de 1942.

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Año: 1942, CSJN Fallos: 193:68 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-193/pagina-68

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