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Año: 1942, Fallos: 193:67 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS v. ASCENSION

OROZCO DE OROZCO
RECURSO DE QUEJA: Interposición. Formalidades, La obligación de fundar el recurso extraordinario debe también cumplirse al interponer el recurso de queja por denegación de aquél.

RECURSO DE QUEJA: Interposición. Formalidades, La falta de claridad del escrito en que se interpone el recurso de queja por denegación del extraordinario, que en el caso no permitía advertir de qué pronunciamiento se apelaba, cuál era la cuestión federal debatida ni qué tribunal la había resuelto, importa defecto de fundamento suficiente del primero y determina su improcedencia (1).


HABIL KALHIL v. MOLINOS DEL RIO DE LA PLATA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal. Casos, Leyes del Congreso.

La interpretación del art. 9° de la ley 9688 constituye una cuestión federal susceptible de autorizar el recurso extraordinario (2).

ACCIDENTES DEL TRABAJO: Indemnización. — Caja de Garantíe, El art. 9? de la ley 9688 dispone en términos tan claros el sistema indirecto de la renta como procedimiento para el ajuste de la indemnización, que hace inadmisible las interpretaciones conducentes a obtener la entrega inmediata del capital al accidentado o sus derecho-habientes (%).

1) Fecha del fallo: 15 de junio de 1942, , 2) Fecha del fallo: 15 de junio de 1942, Ver Fallos: 178, 170; 187, 470.

3) Fallos: 158, 143 y los allf citados en la nota (2).

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Año: 1942, CSJN Fallos: 193:67 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-193/pagina-67

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