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Año: 1944, Fallos: 200:160 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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160 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA causa compete a la justicia federal. Notifíquese y devuélvanse debiendo reponerse el papel en el juzgado de origen.

ANTONIO Sacarxa — Fi. Ramos Mesía — T. D. Casares,
VICENTE B. LEZA v. NACION ARGENTINA
PENSIONES MILITARES: Pensiones a los militares. Inutilización para la carrera militar. Ejército.

El suboficial dado de baja a consecuencia de la tuberculosis pulmonar adquirida en actos del servicio que le inutilizó para continuar su carrera, tiene derecho al beneficio previsto en el art, 17, tít, III, de la ley 4707 (1).


ANTERO R. €. CARRASCO v. MUNICIPALIDAD DE

LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación divecta. Sentencias con fundamentos no federales o federales consentidos.

Fundamentos de hecho, Es improcedente el recurso extraordinario fundado en el art. 17 de la Constitución Nacional contra la sentencia que rechaza la demanda del recurrente sobre expropiación indirecta por razones de hecho y de derecho local, como las referentes a la forma voluntaria en que el recurrente pidió la línea de edificación, a la existencia de ordenanzas que dejaron sin efecto las expropiaciones y ala ausencia de actos coneretos de desposesión, 0 de cetúlre: de 1914:: Futiva: 197, 259.

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Año: 1944, CSJN Fallos: 200:160 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-200/pagina-160

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