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Año: 1944, Fallos: 200:165 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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AÑo 1944 — NOVIEMBRE
NICOLAS MACRI v. NACION ARGENTINA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Trámite, Es procedente el recurso extraordin. rio correctamente interpuesto aunque por error el tribunal de la causa haya concedido el ordinario.

JUBILACION DE EMPLEADOS NACIONALES: Jubilaciones. Determinación del monto.

Para determinar el monto de la jubilación del inspector de sucursales del Banco de la Nación Argentina, procede computar como parte integrante de su sueldo las remuneraciones que durante los diez años anteriores a su cesación de servicios percibió anualmente en compensación de trabajos extraordinarios, no así las cantidades que mensualmente cobró en concepto de viáticos (!).


ENRIQUE J. PICCARDO v. CAJA DE JUBILACIONES
DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL (°) LEY: Interpretación y aplicación.

El fin primordial del intérprete es dar pleno efecto a la voluntad del legislador y la primera fuente de interpretación de la ley son sus palabras, que deben entenderse empleadas en su verdadero sentido, en el que tienen en 1 do noviembro de 1944. Fallos: 185, 53; 199, 89.

2) En la misma fecha y en igual sentido fueron resueltos los juicios promovidos por Francisco Muñiz Barreto y Raúl M. Martínez.

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Año: 1944, CSJN Fallos: 200:165 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-200/pagina-165

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