cación la doctrina de esta Corte que veda interponer el recurso extraordinario a quien ha renunciado el derecho que en amparo de su propiedad le acuerda la Const. Nacional. Fallos: 186, 523; 187,:444 y 456, 189, 124 y ótros. .
En su mérito se desestima la precedente queja.
ANTONIO SAGARNA — B. A. NAzAR — ANCHORENA — '. Ramos Mejía , — T. D. Casares, , 1
JOSE BARBIERI v. S. A. TALLERES METALURGICOS
, SANTA ROSA , " RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Sentencias con fundamentos no federales o federales consentidos.
Pudiendo entenderse que la incompatibilidad alegada en- , tre el art. 49 del decreto 32.347 y disposiciones de leyes no federales ha sido desestimada por interpretación de estas últimas, debe declararse bien denegado el recurso extraordinario (1). LN
ROMANA TARENZIO Y OTRAS v. JACOBO AZULAY
— —SU SUCESIÓN—. " RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos" propios. Tribunal su- .
perior. .
> En el caso de acumulación de acciones, el recurso extraordinario intentado contra la decisión dictada sobre com- petencia en oportunidad del art. 66 del decreto 32.347, :
ha sido bien denegado respecto de aquéllas que exceden de .
Mil pesos, porque en cuanto a las mismas dicha resolución 1) 1" de julio de 1946. . .
Compartir
7Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1946, CSJN Fallos: 205:168
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-205/pagina-168
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 205 en el número: 168 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico: