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Año: 1948, Fallos: 209:231 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL y Suprema Corte: H Por decreto núm. 2459, de fecha 25 de febrero del corriente año (Bol. Ofic., 16 de marzo), se facultó a la E Dir. Gral. de Aduanas para designar funcionarios que 3 representaran al Fisco Nacional en los juicios por co- E bro de impuestos de Aduana, multas, servicios, intere- | ses y otros cargos, así como en los recursos contenciosos + previstos por las Ordenanzas y la ley de la materia; representación que tendrían también los procuradores fiscales mientras no se hubiere designado otro funcionario para reemplazarlos. En cumplimiento de ese de- y creto, el 20 de agosto se presentó a V. E. el Dr. Miguel y Lificir pidiendo ser admitido en estos autos como re- E:

presentante del Fisco, atento el nombramiento que, 4 con aprobación del Ministerio de Iacienda, se le había | conferido a tal efecto por el Director General de Adua- :

nas, a V. E. lo tuvo en tal carácter (fs. 227); mas contra a esa providencia ha interpuesto revocatoria la Empresa 3 del Ferrocarril del Sud, apelante del fallo de fs. 217, | sosteniendo que si bien el decreto aludido pudo tener E validez durante la existencia del Ejecutivo de facto, dicha validez desapareció a partir de la reinstalación constitucional del H. Congreso. Fundado en tal razón, | solicita se declare que el Dr. Lificir carece de persone- | ría, pues el Fisco debe ser representado en estos autos i por el Proc. Gral. de la Nación, conforme lo establece el | art. 1? de la ley 3367. Con tal motivo, V. E. me da vista | de los autos. 4 E 1 3 a 3 4

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Año: 1948, CSJN Fallos: 209:231 
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