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Año: 1948, Fallos: 209:413 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Do | S. A. CIA. SAN PABLO v. DIRECCION GENERAL DEL :


IMPUESTO A LOS REDITOS
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. " Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores, No procede el recurso ordinario contra la resolución que se limita a exigir el cumplimiento del requisito previsto en el art. 1? de la ley 11.634 (1). :

ARTURO ESCOBAR v. C.T.C.B.A.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas ertrañas al juicio. Arts. 16 a 19 de la Constitución.

Los arts. 16 y 31 de la Const. Nacional son ajenos a la cuestión referente a saber si ante lo dispuesto por las leyes 11.729 y 11.110 procede otorgar las indemnizaciones que establece la primera (2).

SOC. DE RESP. LTDA. EMPRESA CENTRAL CASILDA ,
v. PROV. DE CORDOBA

COMERCIO INTERPROVINCIAL.
Las provincias no se hallan autorizadas para dictar leyes o reglamentos de carácter general o municipal que comporten directa o indirectamente trabar o perturbar de eualquier mode que Xe alguilique el Cjercio de nun ole:

res de policía, la libre circulación territorial o que puedan afectar el derecho de reglamentar el comercio, conferido al Congreso de la Nación con el carácter de una facultad exclusiva.

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstituciomalidad. Leyes provinciales. Córdoba.

Las disposiciones de la ley 3963 de la Prov. de Córdoba y su decreto reglamentario 28.019, serie e), referentes a 1) 3 de diciembre de 1947. Fallos: 208, 125.

2) 3 de diciembre de 1947. Doctrina de Fallos: 202, 211; 205, 310, 206, 112; 208, 474,

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Año: 1948, CSJN Fallos: 209:413 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-209/pagina-413

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