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Año: 1948, Fallos: 212:52 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CORTE SUPREMA.
Tan incuestionable como la libertad del juicio de los jueces en el ejercicio de su función propia, es que la interpretación de la Constitución Nacional por parte de la Corte Suprema tiene autoridad definitiva para la justicia de toda la República. Ello impone, ya que no el puro y, simple acatamiento de su jurisprudencia, susceptible siempre de ser controvertida, el reconocimiento de la superior autoridad de que está institucionalmente investida.

MEDIDAS DISCIPLINARIAS.
Importa desconocimiento de la superior antoridad de la Corte Suprema el apartarse de su jurisprudencia mencionándola sin controvertir sus fundamentos, con el agravante de invocar para ello "el deber de aplicar'la Constitución", modo tácito de expresar que se repara asf el incumplimiento de ese mismo deber en que el Superior habría incurrido; por lo que corresponde apercibir a los vocales de la Cámara federal que suscriben la sentencia que el —° Tribunal revoca.


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, julio 3 de 1947.

Vistos: para resolver el recurso de apelación interpuesto por Jacinto Santin (fs. 49) contra la resolución de la Administración General de Impuestos Internos que le aplicó una multa de mgn. 460 por infracción al art. 145 del T. O. de las Leyes de Impuestos Internos (fs. 37) y Considerando :

Que la infracción imputada al recurrente se encuentra acreditada en las actuaciones administrativas que han dado lugar a la sanción en recurso; Que sin entrar a disentir la existencia de las mismas, el recurrente arguye que el Decreto 617644 en que se funda la pena impuesta, carece de validez por ser inconstitucional; Que es de aplicación al caso, lo resuelto por el Juzgado en los expedientes de Gonzalo Muñoz y Jacinto Santin, en los que se resolvió rechazar esa defensa "por cuanto debe recono

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Año: 1948, CSJN Fallos: 212:52 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-212/pagina-52

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