Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1953, Fallos: 226:137 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

duzcan y al eriterio judicial, corresponda, con más los intereses desde el día de la nenpación y las costas, Considerando :

1) Que no existe diserepancia acerca de la ubicación, linderos y superficie del terreno expropiado. 2) Que el presente caso guarda una estreeha similitud y vinenlación eon el contemplado en el juieio esratulado: "Proenrador Fiseal e,/ LERA. $. R. Ta,

y $ 221 m/n. por m° de terreno, que el suscrito, por lo dicho precedentemente, considera no equitativos, 6") Que en el precitado fallo recaido, se estableció como justo el precio para el metro enadrado de superficie expropiada a L.E.I.A.

S. R. L,, el de $ 4,515 m/n., guarismo éste, no obstante, que el proveyente conceptúa debe rebajarse a $ 4 el m°., en atención a que la tierra que se just precia en el presente juicio no se encuentra, como la del otro caso, inmediatamente ubicada sobre la calle Libertad (ahora Presidente Juan D. Perón), annque sí a poca distancia (ver planos de fs, 59 y 67), 7°) Que

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

4

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1953, CSJN Fallos: 226:137 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-226/pagina-137

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 226 en el número: 137 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com