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Año: 1953, Fallos: 227:267 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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cida en el art. 53 de la ley 111. Los querellados oponen como defensa la nulidad de la patente por falta de novedad, argumentando que el dispositivo en cuestión había sido explotado comercialmente con anterioridad a la fecha en que fué patentado por el señor Pavicieh, y que por lo demás, aquél no constituye una nueva aplicación de medios conocidos, sino simplemente un empiro mevo de un procedimiento conocido, en el que no hay cambio de función.

Una vez producida la prueba, el juez dieta sentencia a fs. 87 rechazando la nulidad opuesta por los querellados y condenando a éstos a sufrir la pena de un mes de prisión o a pagar una multa de cien pesos. Ordena asimismo el secuestro de las máquinas ineriminadas que se encuentren en poder de Carmona y Escamuela. Todo con especial imposición de costas, La Cámara de Apelaciones revoca a fs. 120 el pronunciamiento del Inferior, rechazando en consecuencia la querella entablada por el señor Pavicich, sin costas on ambas instancias. Expresa el tribunal que el hecho de que el invento protegido por una patente haya sido explotado públicamente por su inventor con anterioridad a su registro —eircunstancia debidamente probada en autos— hace que los querellados no puedan ser perseguidos como usurpadores por ser nula la patente.

En el recurso extraordinario interpuesto, el apelante se agravia por considerar que la sentencia recurrida ha interpretado erróneamente el art, 4 de la ley 111, interpretación que además vulnera —dice— la garantía constitucional sobre el derecho de propiedad específicamente reconocido al inventor en el art. 38 de nuestra ley fundamental, Con respecto a esto último, conviene dejar esta

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Año: 1953, CSJN Fallos: 227:267 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-227/pagina-267

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